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Lineamientos que deberán de cumplir los contribuyentes que por su participación en la realización de acciones benefician a la población de la Ciudad de México, obtengan la reducción prevista en el Código Fiscal de la CDMX
Fecha de publicación: 2019-10-23Área quién publica: FINANZAS
Contenido:
Resolución por la que se validan los Lineamientos que deberán cumplir los contribuyentes para obtener la constancia con la que se acreditarán los supuestos necesarios para el otorgamiento de la reducción prevista en el artículo 291 bis del Código Fiscal de la Ciudad de México, presentados por la Dirección General de Servicios Urbanos y Sustentabilidad de la Subsecretaría de Servicios Urbanos de la Secretaría de Obras y Servicios de la Ciudad de México.
APARTADO A
Los presentes Lineamientos tienen por objeto normar los criterios técnicos generales, trámites y requisitos que deben observar las personas que inviertan de su propio patrimonio para llevar a cabo el mantenimiento de áreas verdes con o sin jardinería, así como de reconstrucción de banquetas del o los inmuebles de los cuales son propietarios; o la preservación, conservación o rehabilitación de fuentes en la Ciudad de México; o el mantenimiento relativo o intervención de la infraestructura vial que incidan en su funcionalidad y la seguridad de todos los usuarios de la vía “Cruce Seguro”, al solicitar la constancia con la que acrediten los supuestos previstos en el artículo 291 BIS del Código Fiscal de la Ciudad de México.
a) Mantenimiento de áreas verdes con o sin jardinería.- Se refiere a todas aquellas actividades que permiten conservar en condiciones óptimas la superficie cubierta de vegetación, natural o inducida, que se localiza en suelo urbano de la Ciudad de México, a fin de integrar los componentes de la estructura urbana existentes, creando una imagen homogénea, continua y que resalte la incorporación de elementos naturales, su correcto diseño, regeneración y conservación; atendiendo a los parámetros contenidos en el Anexo 5 de estos Lineamientos y a la normatividad ambiental vigente aplicable.
Anexo 1: Requisitos
Anexo 2: Formato de solicitud
Anexo 3: Formato para carta compromiso
Anexo 4: Requerimientos operativos
Anexo 5: Parámetros para llevar a cabo trabajos de mantenimiento de áreas verdes con o sin jardinería derivados de lo previsto en el artículo 291 bis, fracción I, del Código Fiscal de la CDMX.
Anexo 6: Parámetros constructivos para llevar a cabo trabajos de reconstrucción de banquetas del o los inmuebles de los cuales son propietarios, que se derivan de lo previsto en el artículo 291 bis, fracciones II y III, del Código Fiscal de la CDMX.
Anexo 7: Parámetros para llevar a cabo los trabajos para la preservación, conservación o rehabilitación de fuentes en la CDMX, derivados de lo previsto en el artículo 291 bis, fracción IV, del Código Fiscal de la CDMX.
Anexo 8: Parámetros para llevar a cabo trabajos de mantenimiento relativo o intervención de la infraestructura vial que incidan en su funcionalidad y la seguridad de todos los usuarios de la vía “cruce seguro”, derivados de lo previsto en el artículo 291 bis, fracción V, del Código Fiscal de la CDMX.
Anexo 4:
1. Programa mensual de mantenimiento, incluyendo la frecuencia y características de ejecución de las siguientes actividades:
- Plantación de ornamentales (conforme a la paleta vegetal)
- Plantación de árboles (conforme a la paleta vegetal)
Criterios para la selección del arbolado:
En el caso de requerir la planeación de árboles, se deberá apegar a lo dispuesto en el anexo B; Especies Preferentes, de la Norma Ambiental NADF-006RNAT-2012.
Tipo de norma jurídica: Lineamientos
Nota: Las Gacetas Oficales fueron modificadas para mostrar solo la información relativa al lineamiento en cuestión.