Lineamientos Generales |
Lineamientos para el uso de espacios en el Bosque de Chapultepec
Introducción
El Bosque de Chapultepec, es un área natural protegida, espacio ecológico, recreativo, histórico y cultural de la Ciudad de México, que a lo largo de la historia de nuestro país, ha presenciado sucesos políticos, sociales, arqueológicos, culturales, entre otros, que han ayudado a forjar su identidad. Por lo anterior y con base en el Estatuto de Gobierno de la Normatividad para la Administración y Funcionamiento del Bosque de Chapultepec, los Acuerdos por los que se decreta Área de Valor Ambiental de fecha 2 de diciembre de 2003 y la creación de la Unidad de Bosques Urbanos del Distrito Federal, el Artículo 56 Cuarto del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal y demás legislación vigente aplicable en la materia, los espacios del Bosque de Chapultepec sólo podrán utilizarse para actividades de carácter cultural, recreativo, ecológico, corporativos y actos oficiales organizados por dependencias gubernamentales o empresas formalmente establecidas. La observancia de la Ley y norma referidas, en lo relativo al uso de los espacios del Bosque de Chapultepec, garantiza, no sólo, preservar la dignidad y el respeto que este recinto de por sí supone, sino también apoyar a su preservación y conservación en todos sus matices. Estas disposiciones, basadas principalmente en los ordenamientos jurídicos arriba señalados, aunado a lo que en particular se indique, contienen los lineamientos en cuanto al uso y aprovechamiento de las instalaciones del Bosque de Chapultepec. El Bosque de Chapultepec es un espacio público que se rige bajo la ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público del Gobierno del Distrito Federal, por lo que para utilizar algún espacio bajo su jurisdicción se tiene que cubrir una contraprestación por el uso del espacio. El Bosque de Chapultepec cuenta con 686.05 hectáreas, es el parque urbano más grande de América Latina recibe 15 millones de visitantes por año. Está dividido en tres secciones. Es referente histórico, turístico, ambiental y recreativo para visitantes nacionales y extranjeros. La Primera Sección, considerada la parte histórica, ocupa 274.08 hectáreas de las cuales 182 corresponden a áreas verdes y está cercada por la tradicional reja de Chapultepec. Posee 12 accesos, dos kioscos de alimentos, dos lagos, cinco museos, un zoológico, un jardín botánico, dos centros culturales, un centro de atención a los adultos mayores, un espacio para eventos masivos, 19 fuentes y un aproximado de 55 mil árboles entre los que predominan el cedro, el trueno y el ahuehuete La Segunda Sección fue inaugurada en 1964, su vocación es recreativa, cuenta con una superficie de 168.03 hectáreas. Es un espacio abierto que tiene seis accesos, tres restaurantes, cuatro museos, un centro de diversiones, 14 fuentes y un aproximado de 17 mil 500 árboles entre los que predominan el eucalipto, el trueno y el cedro. La Tercera Sección fue inaugurada en 1974, su vocación es ambiental, en 1992 fue decretada Área Natural Protegida. Cuenta con una superficie de 243.90 hectáreas de las cuales 137.71 son de barrancas, es la zona menos conocida del Bosque. Tiene un estimado de 85 mil 550 árboles entre los que predominan el eucalipto y el pino.
Servicios Ambientales del Bosque de Chapultepec
El Bosque de Chapultepec es considerado el pulmón de la Ciudad de México por sus servicios ambientales como la limpieza del aire, amortiguación del ruido, recarga de los mantos acuíferos, refugio de aves migratorias y albergue de fauna nativa. Es el área verde urbana más importante de la República Mexicana.
a) Procedimiento para la renta de espacios del Bosque de Chapultepec (Eventos Corporativos)
La empresa privada o corporativos interesados en realizar eventos en el Bosque de Chapultepec deberán:
1) Ingresar solicitud a la Dirección del Bosque de Chapultepec (DBCH), al menos con 30 días de anticipación a la fecha tentativa del evento, especificando día, horario, tipo de evento, número de asistentes, número de vehículos, logística detallada del mismo, tiempos de montaje y desmontaje (si es necesario). 2) La solicitud es canalizada a la Subdirección de Programas y Proyectos (SPyP) y se realiza el primer contacto con la empresa vía telefónica, donde se concerta una cita (el proyecto deberá especificar los tiempos de montaje y tipo de publicidad a utilizar en el mismo) para informarle de las políticas y normatividad aplicable (incluido el pago de una contraprestación por el uso del espacio en este tipo de eventos) y/o en su caso, si la información no es suficiente, se solicitará envíe un documento detallado sobre el proyecto, para estar en posibilidades de evaluar. 3) Una vez efectuada la reunión y entregada la información por parte de la empresa, la DBCH y la SPyP valoran la viabilidad del evento y se emite una respuesta por escrito que puede ser negativa o afirmativa en éste supuesto se destina un enlace por parte de la DBCH que hará el seguimiento al trámite administrativo y realización del evento. 4) Se establece con base en el “Tabular de Conceptos y Cuotas” emitido por la Tesorería del Gobierno del Distrito Federal, el monto de la contraprestación por uso de un espacio público. Asimismo (de acuerdo al tipo de evento) se determina el donativo a cubrir. 5) Si la empresa está de acuerdo con el monto de la contraprestación, se le informa sobre el procedimiento de pago, el cual debe estar hecho al menos 7 días antes de que se lleve a cabo el evento, el responsable deberá entregar fichas de depósito originales o documento de transferencia electrónica. Además la empresa deberá entregar copia del seguro vigente de daños contra terceros emitido por institución afianzadora y en caso de que sea necesario, el permiso de la Dirección de Protección Civil (esto será en función de la logística a implementar para el evento). No se autorizará evento que no cuente con el aval de Protección Civil. 6) La empresa designará a un responsable que en coordinación con el enlace de la DBCH precisarán los detalles relativos al evento mediante la entrega del programa de trabajo que se tenga contemplado donde se especifique la logística, horarios de montaje del evento y desmontaje, esto con el fin de asentar que ambas partes están de acuerdo. 7) Para la entrega de recibo emitido por el Gobierno del Distrito Federal se le comunica a la empresa que el trámite se lleva de 5 a 10 días hábiles posteriores a la fecha de realización del evento y por lo que respecta al FPBCH una vez que se realiza el pago, el término es similar. 8) Una vez cubierto lo anterior por la empresa, la DBCH expide un permiso en el cual se especifican las condiciones bajo las cuales deberá realizarse el evento, la empresa no podrá bajo ninguna circunstancia modificar las mismas y/o en su caso la DBCH se reserva el derecho de proceder según convenga a los intereses del Bosque, inclusive a la cancelación de dicho permiso. 9) Referente a la presencia de marca de la empresa y/o patrocinadores deberá apegarse a la Normatividad Interna del Bosque de Chapultepec y colocar el día del evento únicamente lo autorizado y establecido en el contrato y permiso. 10) Dependiendo del espacio que se utilice se puntualizarán las restricciones propias de cada uno: 1.- Restricción de acceso de equipos como montacargas, gruas, dolly, rieles, etc. 2.- Medidas de seguridad. 3.- Estacionamiento. 4.- Restricción para visitas previas de inspección, entre otros que considere la DBCH. 11) El día del evento los enlaces verificarán que lo establecido sea cumplido antes, durante y después de la realización del mismo. 12) La empresa deberá contratar los siguientes servicios: valet parking, seguridad externa y en caso de ser necesario sanitarios o cualquier otro que se requiera, situación que deberá notificar a la DBCH para realizar las observaciones sobre la operación de éstos dentro del Bosque. 13) Se podrán realizar eventos culturales, recreativos, lanzamiento o presentación de productos y/o servicios del sector público o privado. 14) Los espacios no podrán rentarse para realizar eventos con fines políticos o religiosos. 15) No está permitido introducir sustancias inflamables, pirotecnia, gas lípido, entre otros que pudieran representar un riesgo para el Bosque.
16) En eventos en donde se requiera introducir alimentos, estos deberán estar previamente preparados ya que no se permite el uso de tanques de gas para calentarlos. 17) No se deberá usar el logotipo del Bosque de Chapultepec para la impresión de invitaciones, carteles o volantes del evento (salvo previa autorización de éste). 18) En los materiales de difusión que la empresa formule, el texto no deberá darle a entender a sus invitados que el evento está organizado por la DBCH, de manera que el público no se confunda al creer que el evento de naturaleza diversa está relacionado con las actividades propias del Bosque. 19) Los medios de prensa invitados por la empresa no podrán manejar el logotipo ni la imagen del Bosque de Chapultepec para publicidad y difusión del evento. 20) La empresa no podrá instalar pendones, mantas, stands, entre otros, que no hayan sido previamente autorizados por la DBCH.
21) En caso de que la empresa realice la promoción de algún producto o servicio no podrá dentro de las instalaciones del Bosque de Chapultepec hacer la venta o renta del mismo.
22) La empresa deberá de contar con servicio médico y ambulancia avalado por la Secretaria de Salud dependiendo el número de personas que se consideren para el evento. 23) La empresa deberá de contar con un número considerable de extinguidores para llevar a cabo el evento dentro de las mayores medidas de seguridad conforme lo dicte la Dirección de Protección Civil. 24) El BCH proporciona los espacios para la realización de los eventos sin incluir los servicios como luz, agua o teléfono. 25) La empresa deberá entregar junto con la solicitud para la realización de cualquier evento dentro de las instalaciones del Bosque de Chapultepec, una copia del acta constitutiva que la acredite.
b) Filmaciones (Eventos Particulares)
1) El solicitante deberá: a) Contratar planta de luz. b) Contar con seguro de daños contra terceros que cubra cualquier eventualidad durante la filmación. c) Entregar copia simple del acta constitutiva de la empresa responsable de la filmación. d) Proporcionar el número y descripción de los vehículos que ingresarán, ajustándose de acuerdo a la locación, a los menos posibles. e) Adecuarse a los horarios de apertura del Bosque para el ingreso. f) Dejar limpio el espacio y proporcionar bolsas negras para basura. g) Cubrir la contraprestación por uso, goce y aprovechamiento del espacio.
c) Carreras (Particulares)
1) El solicitante deberá: a) Especificar el tipo de carrera (competencia ó recreación). b) Indicar el número y nombres de los patrocinios que intervienen en la carrera c) Presentar el aval del Instituto del Deporte del GDF. d) Contar con seguro de daños contra terceros que cubra cualquier eventualidad durante la carrera. e) Contar con servicio médico y ambulancia avalado por la Secretaria de Salud. f) Adecuarse a los horarios que el bosque dispone para el inicio de la y terminación de la carrera. g) Contar con el aval de Protección Civil para el caso de la colocación de infraestructura, gradas, puentes, entre otros. h) Contar con el apoyo de la Secretaría de Seguridad Pública para los cierres de Calle. i) Instalar los patrocinios en vallas, puente de salida y en las camisetas alusivas al evento. j) Cubrir la contraprestación por uso, goce y aprovechamiento del espacio. k) Deberá dejar limpias las instalaciones después de evento.
d) Quinta Colorada (Particulares) Términos para uso
La Dirección del Bosque de Chapultepec proporciona:
1) Espacio y baños limpios 2) Sillas (50) 3) Tablones para: presídium, recepción y servicio de café (3) 4) Pantalla (1) 5) Caballetes (4) 6) Indicadores de paso (sin imagen) 7) Apertura del estacionamiento Bolívar (con costo) 8) Templete (si es requerido)
La institución solicitante debe proporcionar: 1. Paños para tablones. 2. Proyector y computadora (en caso de ser requeridos). 3. Extensiones suficientes. 4. Servicio de café (azúcar, café, cafetera, té, tazas, galletas, platos, vasos, ceniceros y bolsas negras para basura. 5. Equipo de sonido (bocinas, consola, micrófonos, pedestales de mesa para micrófonos, cableado y cinta gaffer). 6. Personificadores. 7. Papel y jabón para los sanitarios. 8. Personal que se encargue de la atención a los asistentes al evento, ingeniero de sonido, encargado del proyector y servicio de café. 9. Dos personas para el apoyo del montaje del evento (tablones, sillas, pantalla etc.). 10. Impresión en papel tamaño oficio con imagen del evento para indicadores de paso. 11. Display (piola negra o blanca para colgarlo). 12. Pago de estacionamiento a los invitados en Bolíva. El montaje para el evento se realizará el día anterior siempre y cuando no haya otra actividad programada después de las 18:00 hrs. En caso contrario se llevará a cabo el mismo día con tres horas de anticipación.
Reglamentación Interna
1) Para la realización de cualquier evento dentro del Bosque de Chapultepec se deberá observar la Reglamentación Interna del Bosque misma que no permite:
a) Amarrar o pegar cualquier objeto de los árboles (lazos para carpas, cables, etc.). b) Colgar cualquier objeto a árboles o perforar cualquier estructura del Bosque. c) Pintar con aerosol o pintura de aceite la superficie donde se realizará cualquier evento (cintarilla, adoquín, árboles o área verde). d) Utilizar las áreas verdes para colocar sonido, carpas, vallas. e) La venta o renta de productos o servicios. f) Colocar inflables de gran altura y mantas alusivas al evento de gran tamaño (excepto las autorizadas por la DBCH). g) Tomar agua de las fuentes del Bosque. h) Arrojar o abandonar basura u objetos, ya sea de naturaleza orgánica o inorgánica, sólidos o líquidos fuera de los depósitos destinados para ellos y una vez terminado el evento, dejar el o los espacios perfectamente limpios y recogidos al finalizar el evento. Colocación de la basura en bolsas negras que se deberán depositar en los contenedores correspondientes. i) El conectarse de la red eléctrica del Bosque. j) El uso de tanques de gas, explosivos o cualquier sustancia química que represente un riesgo de incendio. k) Rebasar la velocidad permitida en la Primera Sección (20 Km. por hora). l) Al circular dentro de las instalaciones del BCH, deberán hacerlo con suma precaución, intermitentes puestas y considerando siempre que el peatón tiene la preferencia.
2) El Bosque de Chapultepec únicamente proporciona el espacio y la limpieza previa del mismo.
3) El Bosque de Chapultepec se reserva el derecho de cancelar cualquier evento, en el momento que incumplan estos lineamientos.
Disposiciones para el día del evento
1. Respetar los espacios destinados para el evento y servicios (cocina, camerinos, sanitarios, generadores de corriente, dimmers, caja de carga, entre otros) previamente definidos y señalados en el permiso emitido por la DBCH. 2. La empresa enviará al responsable el día del evento para supervisar el ingreso de proveedores y materiales necesarios para éste, así como del personal que realizará el montaje, de acuerdo a lo autorizado por la DBCH. 3. Los horarios para ingreso de proveedores, montaje, desmontaje, acceso y salida de invitados y organizadores estarán establecidos en el permiso emitido por la DBCH. 4. El enlace designado por la DBCH será el encargado de supervisar la realización del evento y las acciones que involucre, cualquier observación que él haga deberá ser tomada en cuenta por el responsable designado por la empresa y atender a la brevedad. 5. La empresa no podrá instalar estructuras provisionales sin autorización previa de la DBCH a través del enlace. 6. El montaje de equipo audiovisual, escenario, etc. que requiera la empresa para el evento se realizará bajo la supervisión del personal técnico de la DBCH (no se puede clavar, pintar, anclar, etc.) el cual se hará únicamente en los tiempos establecidos. En caso de requerirse más tiempo para el montaje, la empresa deberá notificarlo a la DBCH para ser evaluado y en su caso, autorizarlo y establecerlo en la logística. Asimismo se hará un ajuste a la empresa en el monto adicional que deberá pagar por la ampliación del tiempo de montaje. 7. El desmontaje debe realizarse al término del evento, sin ninguna excepción, teniendo el contratante de las 00:30 a 2:00 a.m. del día siguiente del evento. 8. La DBCH no se hace responsable, en ningún caso, de los equipos que se encuentren en el espacio rentado al día siguiente después de vencido el plazo para el desmontaje. 9. En caso de existir cualquier daño a las instalaciones o áreas verdes del espacio rentado, la empresa deberá subsanar dicho daño con la persona o empresa que decida para este fin, bajo la supervisión del área técnica de la DBCH teniendo el contratante que cubrir el costo total, en este caso el depósito por la cantidad de _____________________________ se le entregará una vez que se haya reparado el daño. 10. La empresa deberá llevarse los residuos generados durante el montaje, durante el evento y desmontaje con el fin de dejar el espacio rentado totalmente limpio. |